Para el uso de las capacidades técnicas disponibles, ETECSA establece un orden de prioridad que incluye los traslados pendientes, los servicios públicos, los servicios del sector empresarial y otros compromisos y obligaciones de la empresa. Una vez satisfechas estas demandas, la empresa ofertará las capacidades disponibles para la instalación de nuevos servicios a la población, que son distribuidos y otorgados por el Consejo de la Administración Municipal (CAM).
Las vías para realizar ofertas del servicio telefónico básico a la población son las siguientes:
- A través de los Órganos Locales del Poder Popular (Consejo de Administración Provincial - CAP para la asignación a la población por los Consejos de la Administración Municipal - CAM).
- El CAP se encarga de informar, a través de los medios de comunicación, los detalles relacionados con el proceso y la fecha a partir de la cual comenzarán a recepcionarse las solicitudes de la población en las zonas beneficiadas.
- El CAM crea la Comisión de Otorgamiento para recibir las solicitudes de la población y analiza y aprueba la lista de las personas que deben ser beneficiadas con la asignación del servicio telefónico.
- Al final de este proceso, el CAM envía a ETECSA un listado de las personas beneficiadas, las cuales serán contactadas por las Unidades Comerciales para establecer el contrato e instalar el servicio telefónico.
- ETECSA no interviene en el proceso de asignación del servicio telefónico.
ETECSA no podrá proceder con los casos que se encuentren en el listado de otorgamiento cuando:
- La dirección de residencia del beneficiado difiere de las informadas previamente por ETECSA.
- El beneficiado posee un servicio telefónico instalado a su nombre.
- El beneficiado reside en un inmueble donde el propietario no acepta la instalación del servicio.
- El beneficiado ha fallecido o salió definitivamente del territorio nacional.
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